lunes, 27 de marzo de 2017

Comentario de text0

Constitución española de 1931


España, en uso de su soberanía, y representada por las Cortes Constituyentes, decreta y sanciona esta constitución:
Art. 1. España es una República democrática de trabajadores de toda clase que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones.
Art. 3. El Estado no tiene religión oficial.
Art. 4°. El castellano es el idioma oficial de la República (...) Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrá exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua
regional.
Art. 13. En ningún caso se admite la Federación de regiones autónomas.
Art. 25°. No podrá ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la afiliación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas
Art 27. La libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en el territorio español, salvo el respeto debido a las exigencias de la moral pública..
Art. 29. Nadie podrá ser detenido ni preso sino por causa de delito.Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial, dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de la detención.
Art. 31. Todo español podrá circular libremente por el territorio nacional y elegir en él su residencia y domicilio, sin que pueda ser compelido a mudarlos a no ser en virtud de sentencia ejecutoria.
Art. 32. Queda garantizada la inviolabilidad de la correspondencia en todas sus formas, a no ser que se dicte auto judicial en contrario.
Art. 34. Toda persona tiene derecho a emitir libremente sus ideas y opiniones, valiéndose de cualquier medio de difusión, sin sujetarse a la previa censura.
Art.38. Queda reconocido el derecho de reunirse pacíficamente y sin armas.  Una ley especial regulará el derecho de reunión al aire libre y el de manifestación.
Art.39. Los españoles podrán asociarse o sindicarse libremente para los distintos fines de la vida humana, conforme a las leyes del Estado.
Art. 51. La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes o el Congreso de los Diputados.
Art. 52. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes elegidos por sufragio universal, igual, directo y secreto.
Artículo 90. Corresponde al Consejo de Ministros, principalmente, elaborar los proyectos de ley que haya de someter al Parlamento; dictar decretos; ejercer la potestad reglamentaria, y deliberar sobre todos los asuntos de interés público.
Art. 94. La Justicia se administra en nombre del Estado.( … ) Los jueces son independientes en su función. Sólo están sometidos a la ley.

1. Naturaleza de la fuente
2. Identifique las ideas fundamentales, situándolo en su contexto histórico y núcleo temático correspondiente. 











jueves, 16 de marzo de 2017

Manifiesto de renuncia de Alfonso XIII

Lea el siguiente texto y responda las cuestiones:



Las elecciones celebradas el domingo me revelan claramente que no tengo el amor de mi pueblo. Mi conciencia me dice que ese desvío no será definitivo, por­que procuraré siempre servir a España, puesto al único afán en el interés público hasta en las más críticas coyunturas. Un Rey puede equivocarse y sin duda erré yo alguna vez, pero sé bien que nuestra Patria se mostró siempre generosa ante las culpas sin malicia. Soy el Rey de todos los españoles y también un español. Hallaría medios sobrados para mantener mis regias prerrogativas en eficaz force­jeo contra los que las combaten; pero resueltamente quiero apartarme de cuanto sea lanzar a un compatriota contra otro, en fratricida guerra civil.
 
No renuncio a ninguno de mis derechos, porque más que míos son depósitos acumulados por la Historia de cuya custodia me han de pedir un día cuenta rigu­rosa. Espero conocer la auténtica expresión de la conciencia colectiva. Mientras habla la nación suspendo deliberadamente el ejercicio del Poder Real reconocién­dola como única señora de sus destinos.
 
También quiero cumplir ahora el deber que me dicta el amor a la Patria. Pido a Dios que también como yo lo sientan y lo cumplan todos los españoles. Alfonso. Rey.
 
Manifiesto de Alfonso de Borbón, publicado en La Vanguardia de Barcelona el 17 de abril de 1931.


1. Naturaleza de la fuente

2. Identifique las ideas principales del texto, situándolo en su contexto histórico y núcleo temático correspondiente

sábado, 18 de febrero de 2017

Nuevos Núcleos Temáticos


Como ya expliqué en clase, los núcleos temáticos de Historia de España han sido modificado por la LOMCE.  Los dos primeros núcleos no hay que estudiarlos para Selectividad, por lo que sólo hay que estudiar a partir del tercer núcleo.

 
NÚCLEO TEMÁTICO 3 EL ANTIGUO RÉGIMEN Y SU CRISIS
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NÚCLEO TEMÁTICO 4 LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO LIBERAL (1833-1874)
En este núcleo hay que estudiar todos los aspectos sociales y  económicos explicados en el antiguo núcleo de economía (el núcleo 5)
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NÚCLEO TEMÁTICO 5  LA RESTAURACIÓN Y SU CRISIS  (1875-1931)
Además de estudiar los temas políticos hay que añadir los contenidos del antiguo núcleo 5: los cambios económicos y sociales, la evolución de la población, los cambios en la agricultura,  las causas del retraso de la industrialización y los primeros núclesos industriales, el proteccionismo y librecambismo, el movimiento obrero...
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NÚCLEO TEMÁTICO 6 LA SEGUNDA REPÚBLICA Y  LA GUERRA CIVIL EN SU CONTEXTO INTERNACIONAL  (1931-1939)

NÚCLEO TEMÁTICO  7 LA DICTADURA FRANQUISTA (1939-1975)
 

NÚCLEO TEMÁTICO  8 LA TRANSICIÓN DEMOCRÁTICA Y EL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN (1975-1996)
 
 Las alumnas y alumnos que se presenten al siglo XIX deben estudiar los núcleos 3, 4 y parte del 5 (hasta 1902), pero sin olvidar los aspectos económicos y sociales. Los que se presenten por el siglo XX, los núcleos 5 ( de 1902 a 1931), 6, 7 y 8.
El modelo de examen de Selectividad no se ha modificado.

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Textos para repasar el siglo XIX:

La Constitución de 1812.
“Las Cortes Generales y extraordinarias de la Nación española, decretan la siguiente Constitución:
Art. 1. La nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios
Art. 2. La nación española es libre e independiente, no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer leyes fundamentales.
Art. 4. La nación está obligada a conservar y proteger con leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen (...)
Art.8. También está obligado todo español, sin distinción alguna, a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado (...).
Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra (...).
Art. 14. El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el rey.
Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el rey.
Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los tribunales establecidos por la ley (...)
Art.34. Para la elección de los diputados de Cortes se celebrarán juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia (...)
Art.168. La persona del Rey es sagrada e inviolable y no está sujeta a responsabilidad (...)
Art.366. En todos los pueblos de la Monarquia se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles (...)

1. Describa el tipo de  fuente
2. Identifique las ideas principales, situando el texto  en su contexto histórico y núcleo temático correnpondiente

lunes, 13 de febrero de 2017

Comentario de Texto.

Lea el texto y responda las preguntas:


Discurso de Eduardo Dato al Congreso de los Diputados (5 de noviembre de 1914)

 “El Gobierno de S.M., respondiendo a la cortés invitación de la minoría de la conjunción republicano-socialista, tiene una verdadera satisfacción al manifestar ante el Congreso que persevera en la actitud de neutralidad que, con ardoroso aplauso del país, adoptó desde el momento en que le fue conocida la declaración de guerra entre naciones con todas las cuales las relaciones eran de una sincera y leal amistad. La Nación Española, que no ha recibido de ellas el menor agravio y que es totalmente extraña a las causas que hayan podido producir el actual pavoro­so conflicto, desea verse alejada de los horrores de la guerra y a esto tiene un derecho incuestionable, siendo por todo extremo satisfactorio observar que la neutralidad en que se ha colocado es respetada y ha sido reconocida como muy legítima y prudente por las mismas naciones beligerantes, las cuales han honrado a nuestros embajadores y ministros en el extranjero confiándoles la representación que tenían que abandonar de los derechos e intereses de sus súbditos”.

1. Describa la fuente
2. Identifique las ideas principales, situándolo en su contexto histórico y el núcleo temático correspondiente.  

El comentario debe entregarse el lunes 20 de febrero